REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 201° y 151°

SUNTO Nº SP01-L-2011-000460

PARTE DEMANDANTE: MARLYN KATHERINE RIVAS NARVAEZ, identificada con la cédula Nro.V-20.624.850

APODERADO JUDICIAL: GERARDO ALBERTO PETIÑO VASQUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.26.128

PARTE DEMANDADA: CORPORACION EBAY TIENDAS C.A., representada por DARWIN CARDENAS MORA, identificado con la cédula Nro.V-11.507.432.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ELIZABETH COROMOTO RAMIREZ CARRILLO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.159.871

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, miércoles veintiocho (28) de septiembre de 2011, a las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar se hizo presente por la parte actora el apoderado judicial abogado GERARDO PATIÑO VASQUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 26.128 y por la parte demandada se hizo presente el Presidente de la Empresa Corporación Ebay Tiendas C.A. ciudadano DARWIN CARDENAS MORA, identificado con la cédula V-11.507.432, cuyo carácter se desprende de acta de asamblea extraordinaria inserta en el Registro Mercantil Primero del Estado Táchira, el día 01 de noviembre de 2007, de la cual presenta copia simple constante de 06 folios, asistido por la abogada ELIZABETH COROMOTO RAMIREZ CARRILLO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.159.871, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora, la suma de ONCE MIL BOLIVARES (Bs.11.000,oo) pagaderos de la siguiente manera: 1.-) Bs.6.000,oo para el día 10 de octubre de 2011 y 2.-) Bs.5.000,oo para el día 31 de octubre de 2011, en la sede del Tribunal, a las 12 del día, mediante cheque de gerencia. Seguidamente la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,


Abg. Ana Mercedes Mora R.
La Parte Actora, Parte Demandada,


La Secretaria,