REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintinueve (29) de Septiembre del dos mil once (2011)
201° y 152°
ASUNTO N° WP11-L-2011-000249
Vista la diligencia de fecha veintisiete (27) de Septiembre del año dos mil once (2011), suscrita por la Profesional del Derecho CARMEN FLORELBA PEÑA , inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 88.056, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual manifiesta su voluntad de Desistir del presente Procedimiento, incoado contra las empresas AUTO K-R-M.S. ,C.A, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, en consecuencia, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO en los términos expuestos y en razón de ello declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente.
LA JUEZ
Dra. REBECA MARTINEZ
LA SECRETARIA
Abg. YELENY ROSARIO
Parte: JOSE GREGORIO PEREZ, JOSE BOLIVAR y OTROS vs. AUTO K-R-M-S, C.A.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y LOS INTERESES DE MORA INDEXACION E INDEMNIZACION, ENTRE OTROS.-
RM/YR/pablo
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