REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, treinta (30) de Septiembre de dos mil once (2011)
201º Y 152º

ASUNTO: WP11-L-2011-000178
PARTE ACCIONANTE: JORGE NIETO Y OTROS,
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: NO CONSTITUYÓ.
PARTE DEMANDADA: CORPORACIÓN DE SERVICIOS MÚLTIPLES VARGAS S.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL SANCHEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 31.887.
MOTIVO: CUMPLIMIENTO CONVENCIÓN COLECTIVA.

En el día hábil de hoy, treinta (30) de septiembre de dos mil once (2011), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, quien no asistió ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; asimismo se deja constancia de la comparecencia del ciudadano MIGUEL SANCHEZ, anteriormente identificado, quien actúa en nombre y representación de la parte demandada, quien consigna en este acto copia simple de poder notariado para su previa certificación por secretaría del original que presenta a efectos videndi. Vista la incomparecencia de la parte actora y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente, en la oportunidad legal. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.-
EL JUEZ PROVISORIO


Abg. JOSE G. ESPAÑA GAMBOA




MIGUEL SANCHEZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDA


EL SECRETARIO,


ABG. WILLIAM SUAREZ