REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 23 de Abril de 2012
Año 202º y 153º

Por recibido el presente expediente, proveniente del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por el ciudadano ASCANIO RAFAEL ROMERO MARÍN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.486.551, en su carácter de hermano del interdictado, debidamente asistido por la profesional del Derecho DINORAH GARCÍA abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.652, en contra de la decisión dictada por ese Juzgado en fecha 10 de Febrero de 2012, en el Juicio de INTERDICCIÓN, del ciudadano FERNANDO JOSÉ ROMERO MARÍN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 12.163.368, presentado por el ciudadano NESTOR CUSTODIO ROMERO MARÍN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.493.943, désele entrada de conformidad con el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los libros respectivos llevados por este Juzgado. En consecuencia, se fija el DÉCIMO (10mo) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito, a una cualesquiera de las horas de Despacho establecidas en la taquilla del Tribunal, conforme lo establece el artículo 517 ejusdem. Provéase lo conducente.-
LA JUEZA

DRA. MARÍA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ

LA SECRETARIA


ABG. MARYSABEL BOCARANDA



MCMO/MB/LL
ASUNTO N° 2271