REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 23 de Abril de 2012
Año 202º y 153º


Por recibido solicitud de TITULO SUPLETORIO, procedente del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la parte solicitante ciudadano LUIS MANUEL ALFONZO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-3.891.743, contra la decisión dictada por ese Juzgado en fecha 14 de Marzo del 2012, désele entrada de conformidad con lo establecido en el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los Libros respectivos llevados por este Juzgado. En consecuencia, se fija el vigésimo (20 mo) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito, conforme lo establece el artículo 517 ejusdem. Cúmplase.
LA JUEZA


DRA. MARÍA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ

LA SECRETARIA



ABG. MARYSABEL BOCARANDA


MCMO/MB/LL
ASUNTO N° 2272