REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, tres (03) de abril de dos mil doce (2012)
201º y 153º
ASUNTO: SP01-L-2008-000703
PARTE ACTORA: JAIRO ANTONIO MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n.° 5.600.260
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: FADIA HELMI BEIRUTI BEIRUTI, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 122.836
PARTE DEMANDADA: JESÚS ALEXANDER SANTANDER, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n.° 9.130.557, propietario del fondo de comercio Ediciones A,B,C
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Sin constituir
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
De la revisión efectuada a la presente causa se evidencia que las últimas actuaciones realizadas son propias del Tribunal, sin que la parte interesada impulsara el proceso desde el día 7 de agosto de 2008, fecha en que el servicio de Alguacilazgo informa resultas negativas de la notificación librada a la parte demandante. Al respecto, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.
Ahora bien, visto que desde el 7 de agosto de 2008, ha transcurrido suficientemente el lapso establecido en los artículos antes señalados, sin que la parte actora haya impulsado el procedimiento, este Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA la PERENCIÓN de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue el ciudadano JAIRO ANTONIO MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n.° 5.600.260, contra el ciudadano JESÚS ALEXANDER SANTANDER, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n.° 9.130.557, propietario del fondo de comercio Ediciones A,B,C
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los tres días del mes de abril de dos mil doce. Años 153° y 201°
La Jueza,
La Secretaria,
Abog. Liliana Duque Rosales
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