REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 2983-08

ACTO CONCILIATORIO POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION

DEMANDANTE: MARÍA CECILIA VARGAS CONTRERAS.
DEMANDADO: BERNABE SALAMANCA MOGOLLON.

En el día de hoy, dos (02) de Abril de 2012, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ciudadanos MARÍA CECILIA VARGAS CONTRERAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.462.448 y BERNABE SALAMANCA MOGOLLON, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.149.569, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por incumplimiento de obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano BERNABE SALAMANCA MOGOLLON, quien manifestó: “Que actualmente adeudo la cantidad de un mil doscientos bolivares (Bs. 1200°°) cantidad que me comprometo a entregarle a la ciudadana María Cecilia Vargas Contreras, lo correspondiente a los meses de enero y febrero de 2012, o sea la cantidad de ochocientos bolivares ( Bs. 800°°), lo pagara dentro de los primeros quince (15) días del mes de abril de 2012 y lo del mes de marzo y en adelante a depositarlo en la cuenta que se ordenara aperturar la cuenta en el Banco Bicentenario, a nombre del ciudadano Robinson Andrey Salamanca Vargas”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana MARÍA CECILIA VARGAS CONTRERAS, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestro hijo”. Es todo. En este estado el Tribunal acuerda ordenar la apertura de la cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

BERNABE SALAMANCA MOGOLLON

MARÍA CECILIA VARGAS CONTRERAS

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ