REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCCION DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 20 de Abril de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2010-006775
ASUNTO : 2E-2561-2012
ABSOLUTORIA
Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano penado ROBINSON JOSE VASQUEZ OYOQUE, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, estado Vargas, de profesión u oficio Desempleado, nacido en fecha 30/12/1987, hijo de Robinson Vásquez (v) y Iraly Oyoque (v), y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 20.781.425, residenciado en Barrio la Lucha, calle el Campito, casa N° 36, parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, contra quien se siguió juicio por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS (MENOR CUANTIA), previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En este sentido este Tribunal previamente observa:
Cursa a los folios 173 al 180 de la Segunda pieza, sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 15 de marzo de 2012, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano penado ROBINSON JOSE VASQUEZ OYOQUE, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, estado Vargas, de profesión u oficio Desempleado, nacido en fecha 30/12/1987, hijo de Robinson Vásquez (v) y Iraly Oyoque (v), y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 20.781.425, residenciado en Barrio la Lucha, calle el Campito, casa N° 36, parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, de los cargos formulados en su contra por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado.
Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado ROBINSON JOSE VASQUEZ OYOQUE, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, estado Vargas, de profesión u oficio Desempleado, nacido en fecha 30/12/1987, hijo de Robinson Vásquez (v) y Iraly Oyoque (v), titular de la cédula de identidad Nro. V.- 20.781.425, residenciado en Barrio la Lucha, calle el Campito, casa N° 36, parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 15/03/2012, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS (MENOR CUANTIA), previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano penado ROBINSON JOSE VASQUEZ OYOQUE, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, estado Vargas, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 20.781.425.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,
DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,
ABG. KARIN MENDEZ MUJICA
ASUNTO: WP01-P-2010-006775