REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Vargas
Maiquetía, tres de abril de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO : WP11-L-2010-000426
AUTO
Como consecuencia del incumplimiento de la parte demandada a la sentencia dictada en fecha diecisiete 10 de agosto de 2011, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Vargas, y vencido como se encuentra el lapso para que la parte demandada diera cumplimiento voluntario a la misma; este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los Artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA; en consecuencia, se ordena a la parte condenada “VENEZOLANA DE TURISMO VENETUR, S.A. ”, al reenganche de la ciudadana NAYELI BEIRUTTY, titular de la cédula Nº 9.411.212, a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones en las cuales se venía desempeñando para el momento en que ocurrió el despido y al consecuente pago de salarios caídos, desde el 07/02/2011, fecha en la cual se hizo efectiva la notificación de la accionada hasta la fecha efectiva del reenganche, tomando en cuenta los lapsos que fueron excluidos en la sentencia. Este Tribunal fija como oportunidad para la práctica de la medida, el día miércoles 09 de mayo del 2012, a las once y treinta (11:30 a.m.), hora de la mañana.
LA JUEZ
Dra. REBECA MARTÍNEZ LEZAMA
LA SECRETARIA,
MARIANA GONZALEZ
Parte Demandante: NAYELI BEIRUTTY
Parte Demandada: VENEZOLANA DE TURISMO VENETUR, S.A.
Motivo: Calificación de Despido