REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO
RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Macuto, 21 de Agosto de 2012
202° y 153°

Compete a esta Corte de Apelaciones entrar a conocer de la presente causa, en virtud de la inhibición presentada por el Abogado FRANCISCO ADOLFO ESCAR HIDALGO, Juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en la causa signada con el Asunto principal Nº WK01-X-2008-000015 y Asunto Nº WP01-P-2008-000818, numeración de ese Tribunal, seguida a la ciudadana YANKARY JOSEFINA ALFONZO RODRIGUEZ, por considerarse incursa en la causal de inhibición prevista en el numeral 7 del artículo 86, del Código Orgánico Procesal Penal.

Siendo la oportunidad legal para decidir esta Corte de Apelaciones previamente observa:

El Juez inhibido alegó en el acta que cursa al folio 1 de la presente incidencia, lo que de seguida se trascribe:

“…por medio de la presente SE INHIBE de conocer de la causa signada con el Asunto Principal N° WK01-P-2012-000015 y Asunto N° WP01-P-2010-000818 seguida en contra de la ciudadana YANKARY JOSEFINA ALFONZO RODRIGUEZ, ampliamente identificado en autos, toda vez que en fecha 07 de junio de 2010 encontrándose a cargo del Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal presidió el acto de la Audiencia Preliminar, emitiendo opinión al respecto, circunstancia de índole procesal prevista en el artículo 86, numeral séptimo del Código Orgánico Procesal Penal y que obliga a separarse de la causa, conforme a lo establecido en el articulo 87 eiusdem…”


Vistos los fundamentos de hecho y de derecho en los cuales se apoya el funcionario inhibido, esta Corte de Apelaciones considera que lo procedente en el presente caso es declarar CON LUGAR la inhibición presentada por el Abogado FRANCISCO ADOLFO ESCAR HIDALGO, Juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en la causa signada con el Asunto principal Nº WK01-X-2008-000015 y Asunto Nº WP01-P-2008-000818, nomenclatura de ese Órgano Jurisdiccional, mediante la cual se inhibe de conocer de la causa seguida a la ciudadana YANKARY JOSEFINA ALFONZO RODRIGUEZ , en virtud de haber emitido opinión en la misma actuando como Juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Judicial Penal del Estado Vargas, ya que en fechas 07 de junio de 2010 en el Acto de la Audiencia Preliminar mantuvo la medida cautelar sustitutiva impuesta en fecha 25 de febrero de 2008 y ordeno el pase a juicio de la causa seguida contra el precitado ciudadano (folios 02 al 08 de la incidencia). Por lo tanto, el Juez Inhibido no puede conocer, tramitar o dirimir asuntos relacionados con esa causa, por encontrarse ciertamente incursa en una de las causales de inhibición, concretamente la establecida en el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se declara.



DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, la Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad de Adolescentes y Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, con sede en Macuto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición presentada por el Abogado FRANCISCO ADOLFO ESCAR HIDALGO, Juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en la causa signada con el Asunto principal Nº WK01-X-2008-000015 y Asunto Nº WP01-P-2008-000818, numeración de ese Tribunal, seguida a la ciudadana YANKARY JOSEFINA ALFONZO RODRIGUEZ, por considerarse incursa en la causal de inhibición prevista en el numeral 7 del artículo 86, del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, diarícese, déjese copia debidamente certificada, remítase copia de la misma al Juez Inhibido y remítase el presente Cuaderno de Incidencias a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines que sea remitido al Tribunal que conoce actualmente de la causa principal.-

LA JUEZ PRESIDENTE,


RORAIMA MEDINA GARCIA


EL JUEZ (PONENTE) LA JUEZ

ERICKSON LAURENS ZAPATA NORMA ELISA SANDOVAL


LA SECRETARIA,


ABG. BELITZA MARCANO

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo aquí ordenado.

LA SECRETARIA


ABG. BELITZA MARCANO



Asunto No. WK01-X-2012-000015