JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, tres de agosto de dos mil doce.
202° y 153°
Recibido por distribución. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho el escrito de PARTICIÓN AMISTOSA, presentado por los ciudadanos ALIS MAYELA MORALES ESCALANTE Y BENJAMIN LARIOS PEÑALOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.125.298 y V-5.031.681, en su orden, debidamente asistidos por la abogada ALIX NOHEMI ARAUJO CASTELLANOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 109.804; de conformidad con lo solicitado y por encontrarse a derecho, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada, por los ciudadanos ALIS MAYELA MORALES ESCALANTE Y BENJAMIN LARIOS PEÑALOZA, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Queda así partida y liquidada la comunidad conyugal que existió entre los mencionados ciudadanos, bajo la forma, términos y condiciones establecidas entre ellos. Así mismo se acuerda expedir copia certificada, a los fines de su protocolización.
El Juez temporal,
Juan José Molina Camacho
EL Secretario accidental,
Julio César Nieto Patiño
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 7457 del libro respectivo, registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 476
Marilú
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