REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

San Cristóbal, Estado Táchira, Jueves 09 de Agosto de 2012, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con la Abogado María Alejandra Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68092, Apoderado Judicial de la ciudadana Victoria Roa de Ramírez, en un inmueble ubicado en la carrera 12, N° 2-109, Barrio El Carmen, donde funciona Expresos Los Llanos, C.A.; a fin de llevar a cabo medida innominada, decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de ésta Circunscripción Judicial, demanda incoada por Victoria del Carmen Roa de Ramírez, contra José Amenodoro Ramírez Sánchez, Expediente N° 21246. Separación de Cuerpos. Se encuentra presente el ciudadano Edgar Orlando Medina, titular de la cedula de identidad N° V- 10.173.389. Secretario de Expresos Occidente, C.A., quien fue notificado del objeto y misión del Tribunal y quien permitió el acceso del Tribunal al inmueble. Ahora bien, por cuanto el derecho a la defensa, es un derecho inherente a toda persona, garantizado y protegido en todo grado y estado del proceso, se le concede un lapso de 20 minutos para que se haga asistir de un Abogado, y defienda sus derechos e intereses de conformidad con lo establecido en el artículo 49, ordinal 1° de la Constitución Nacional, desarrollado jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, Sentencia N° 10, de fecha 02/02/2000, en concordancia con el articulo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del artículo 23 de la Carta Magna, suspendiendo el acto por dicho lapso. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se hizo acompañar de una comisión de la Brigada de Orden Publico, oficiales Luis Díaz y Yovanny Carriedo, placas, 4062 y 4482, y se le concede el derecho de palabra y concedido que le fue expone: solicita la abogado actora María Alejandra Quintero, se procede a solicitar al notificado se sirva exhibir el libro de accionistas de la sociedad Mercantil, Expresos los llanos, C.A. a fin de dar cumplimiento a la medida innominada decretada por el Tribunal comitente, consistente en estampar la nota consistente en la prohibición de traspaso y/o cesion y/o graven sobre dos (02) acciones pertenecientes al demandado, ciudadano José Amenedoro Ramírez Sánchez, titular de la cedula de identidad N° V-2.807.093, en este estado l ciudadano Juez le solicita al notificado Edgar Medina, exhiba en este acto el libro de accionistas e la Sociedad Mercantil Expresos Los Llanos C.A., seguidamente el ciudadano Edgar Medina presenta al ciudadano Juez, el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil Expresos los Llanos C.A. Seguidamente el ciudadano Juez, procede a verificar el libro de accionistas, que fue sellado en fecha 23 d octubre de 19995, constante de cincuenta folios (50) y al folio del folio 3 y folio 4, se desprende la inscripción del socio José Amenodoro Ramírez Sánchez, donde se evidencia que demandado posee dos (02) acciones, cuyo valor nominal es de un millón trescientos setenta mil bolívares (Bs. 1.370.000,00) para un total de Dos millones setecientos cuarenta mil bolívares (Bs. 2.740.000,00) actualmente por un valor de Dos Mil Setecientos Cuarenta Bolívares (Bs. 2.740,00) fuertes, , se evidencia también que en fecha 30/03/99fueron cedidas en garantía por refinanciamiento de deuda al Banco de Occidente C.A. y ando cumplimiento a la medida decretada por el comitente, se ordeno a la secretaria estampar la nota marginal de prohibición de traspaso y7o cesión y/o gravamen de las dos (02) acciones propiedad del ciudadano José Amenodoro Ramírez Sánchez. Cumplida la medida y estampada la nota marginal, la apoderada actora María Alejandra Quintero, solicita al Tribunal se traslade la sede e la Sociedad Mercantil Credillanos, C.A. seguidamente el ciudadano Juez da por terminado el acto acordando el traslado inmediato del Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal, e da por terminado el acto, siendo las 11:10 de la mañana, leida el acta conformes firman. Enmendado “exhiba” valen. Dr Félix Antonio Matos , Juez Titular (fdo) Edgar Orlando Medina, notificado (fdo) Abogado María Alejandra Quintero, Abogado Actora (fdo) Comisión Brigada de Orden Publico (fdo) Abog: Carmen Moreno Pérez , secretaria (Fdo)