REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 21 de Agosto de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-001460
ASUNTO : SP11-P-2010-001460
RESOLUCION
Revisadas como han sido de oficio las actuaciones que conforman la presente causa, el Tribunal procede a dictar el SOBRESEIMIENTO de la misma sin necesidad de convocatoria a la Audiencia Oral prevista en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, con fundamento en los siguientes hechos:
Primero.- En fecha 28 de junio de 2010, fue aprehendido por funcionarios adscritos a la Comisaría Policial de Junín, Estado Táchira, el ciudadano LUIS ARMANDO JAIMES OCHOA, en virtud de encontrarlo autor responsable del delito VIOLENCIA FISÍCA, AMENAZA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA FISÍCA previsto y sancionado en el artículo 42, 41 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Bertha Xiomara Suárez Ochoa.
Segundo.- En fecha 29 de junio de 2010, el Juzgado Tercero de Control dl Circuito Judicial Penal de San Antonio, Estado Táchira, Califica la aprehensión en flagrancia y Decreta, Medida Cautelar, al ciudadano LUIS ARMANDO JAIMES OCHOA, en virtud de encontrarlo autor responsable del delito VIOLENCIA FISÍCA, AMENAZA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA FISÍCA previsto y sancionado en el artículo 42, 41 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Bertha Xiomara Suárez Ochoa.
Tercero.- En fecha 12de Abril del 2011 DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, en la presente causa para al acusado LUIS ARMANDO JAIMES OCHOA, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISÍCA, AMENAZA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA FISÍCA previsto y sancionado en el artículo 42, 41 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Bertha Xiomara Suárez Ochoa, fijando al acusado LUIS ARMANDO JAIMES OCHOA, COMO PLAZO DE RÉGIMEN DE PRUEBA EL DE UN (01) AÑO, debiendo el acusado cumplir con las siguientes condiciones: 1.-Presentarse una vez cada ciento veinte (120) días, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, 2.-Presentarse a todos los actos del proceso, 3.- No verse involucrado en ningún hecho de carácter penal, 4.- No agredir ni física, ni sicológicamente a la victima.
El Tribunal verificó a través de la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, sobre el régimen de presentaciones impuesto al ciudadano acusado LUIS ARMANDO JAIMES OCHOA, quien cumplió satisfactoriamente.
Habiendo transcurrido el plazo establecido como régimen de prueba y verificado el total cumplimiento de las condiciones asumidas por el acusado, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL y como consecuencia de ello, el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano acusado LUIS ARMANDO JAIMES OCHOA, de nacionalidad venezolana, Natural de Delicias estado Táchira, nacido en fecha 09-01-1954, de 56 años de edad, de estado civil divorciado, alfabeto, hijo de Defina Ochoa (f) y de Luis Jaimes (f) de profesión u oficio chofer, Portador de cédula de identidad V- 5.739.741 y residenciado barrio Buenos Aires, final calle Piar, casa N° 1-63 Rubio estado Táchira teléfono 0426-9262537, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISÍCA, AMENAZA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA FISÍCA previsto y sancionado en el artículo 42, 41 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Bertha Xiomara Suárez Ochoa; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45, 48 numeral 7 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 322 eiusdem. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: ÚNICO.- DECRETA DE OFICIO LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL y en consecuencia, el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de: LUIS ARMANDO JAIMES OCHOA, de nacionalidad venezolana, Natural de Delicias estado Táchira, nacido en fecha 09-01-1954, de 56 años de edad, de estado civil divorciado, alfabeto, hijo de Defina Ochoa (f) y de Luis Jaimes (f) de profesión u oficio chofer, Portador de cédula de identidad V- 5.739.741 y residenciado barrio Buenos Aires, final calle Piar, casa N° 1-63 Rubio estado Táchira teléfono 0426-9262537, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISÍCA, AMENAZA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA FISÍCA previsto y sancionado en el artículo 42, 41 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Bertha Xiomara Suárez Ochoa; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURÁN
JUEZ TERCERA DE CONTROL
ABG. DILY MARIE GARCÍA ROJAS
SECRETARIA
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