REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 8 de agosto de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2011-000024
ASUNTO : WP01-D-2011-000024

CESACION DE SANCION por TOTAL CUMPLIMIENTO

Recibido en este Despacho Judicial el 07/08/2012 informe del Centro de Formación Socio Educativo del Estado Vargas, referente al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 10/05/1993 actualmente de 19 años de edad, donde solicitan el Cese de todas las medidas impuestas por total cumplimiento en el lapso dispuesto. En consecuencia y de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA pasa de seguida esta Decisora a revisar su causa y de ser procedente se Decretará Cesación de Sanciones por cumplimiento de conformidad con esta Ley Penal especial:

De la causa se observa al folio 98 y siguientes Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes de fecha 29/09/2011, en la cual declaró responsable penalmente al joven en referencia por el procedimiento de Admisión de los Hechos, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y lo condenó a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de Ocho (8) Meses. En fase de Ejecución consignó el 03/11/2011 constancia de estudios en el 9no. Semestre, así mismo se observa que este Tribunal Primero de Ejecución en data 10/11/2011 dicta Auto de Ejecución y se impone de esas sanciones dispuestas en esa Sentencia el 22/11/2011.

En la fase de ejecución fue elaborado el Plan Individual con estrategias a corto y mediano plazo y el 07/08/2012 consigna escrito el Centro de Orientación informando que el joven ha cumplido a cabalidad con sus presentaciones que está laborando en la construcción de la carretera de carayaca, que se muestra atento a las orientaciones dadas, culminó el 8vo. grado en la UE Guaicaipuro, tiene un gran apoyo familiar, el joven ha participado en cines foro y es emprendedor y luchador con un proyecto de vida sano y adecuado, consideran que las medidas ya trascurrieron en el lapso establecido y solicitan el cese por total cumplimiento.

Siendo esto así, concluye esta Decisora que el joven IDENTIDAD OMITIDA cumplió con la Ejecución de las sanciones dispuestas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso completo de Ocho (8) Meses contado desde 22/11/2011 que se impuso y de acuerdo al informe del Centro encargado del seguimiento cumplió cabalmente con sus presentaciones, atendió las orientaciones y se ha mantenido laborando destacándose como un joven luchador y emprendedor, con ello considera esta Decisora que se logró el objetivo primordial de esta Ley Especial de formarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social. Por consiguiente es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven en referencia y consecuencialmente se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA

Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven IDENTIDAD OMITIDA, por haber cumplido con la Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso completo de Ocho (8) Meses, en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA por esta causa, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA.

Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al joven en referencia y al Centro de Formación Socio Educativo. Ofíciese a la Policía Municipal del Estado Vargas para que lo excluyan de Pantalla Policial de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA en resguardo a su Honor y Reputación. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. YALITZA DOMINGUEZ ROMAGOSA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. YALITZA DOMINGUEZ ROMAGOSA