REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
Maiquetia, tres de agosto de dos mil doce
202º y 153 º

ASUNTO: WP21-J-2012-000521
Admitida como fue la solicitud de Separación de Cuerpos, presentado por los ciudadanos IDENIA COROMOTO GOMEZ DE FRANCA y JUAN JOSE TORRES SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números 11.635.667 y 11.062.734, respectivamente, debidamente asistidos por los Profesionales del Derecho FREDDY AVILEZ DIAZ y CARLOS A. AGUILERA M., Abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 148.448 y 75.886 respectivamente. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, DECRETA la Separación de Cuerpos, en los términos y condiciones por ellos convenidos en la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por Secretaria las copias certificadas a librar. La Secretaria de este despacho las suscribirá, en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo estipulado en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA

DRA, MERCEDES VARGAS VILLALOBOS

LA SECRETARIA


ABG. YIRA CEBALLOS VERA