REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 13 de agosto de 2012
202º y 153º
ASUNTO: WP21-V-2012-000078
Vista el acta que antecede, mediante la cual se evidencia que no procedió la mediación en virtud de la no comparecencia de las partes a la audiencia fijada para el día de hoy, por este Tribunal, es por lo que: se DECLARA EXTINGUIDA la presente solicitud, de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el cierre del presente expediente y su remisión a los Archivo Judicial, Región Vargas. CUMPLASE.-
La Jueza
Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria