REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
Maiquetia, dos de agosto de dos mil doce
202º y 153 º
ASUNTO: WH21-V-2012-000054
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en el día de hoy dos (02) de agosto del año dos mil doce (2012), siendo la oportunidad fijada por el Tribunal a los fines de que tuviera lugar la Audiencia de Mediación de la audiencia preliminar de la presente demanda de Obligación de Manutención, que los ciudadanos CARLOS ANDRES PEREZ PEREZ y ANA MARIA RAYSARIT SALAZAR RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números V- 8.721.546 y V-13.672.22, parte demandante y demandada, respectivamente, no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que: SE DECLARA EXTINGUIDA la presente solicitud, de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este desistimiento extingue la instancia, pero la parte demandante no podrá volver a presentar su demanda antes que transcurra un mes. Ciérrese el presente asunto y remítase a los archivos judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase lo ordenado.-
La Jueza
Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria
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