JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

DEMANDANTE: JOSEFINA MIRANDA PEREZ.
DEMANDADO: JESUS ARNULFO UREÑA PEREZ.
EXPEDIENTE N° 3829-10
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.

En horas de Despacho del día de hoy CINCO (5) de DICIEMBRE DE 2012, presentes de manera voluntaria los Ciudadanos JOSEFINA MIRANDA PEREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 15.120.434 y JESUS ARNULFO UREÑA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 23.134.470, con la finalidad de efectuar acto conciliatorio por fijación de obligación de manutención. La Juez Provisoria declara abierto el acto, haciendo una exposición de lo que significa y la extensión de la obligación de manutención. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JESUS ARNULFO UREÑA PEREZ, quien manifestó: “Ofrezco como o0bligacion de manutención la cantidad de cuatrocientos bolivares (Bs. 400°°) mensuales y en cuanto a las cuotas extraordinarias para los meses de agosto y diciembre la cantidad de ochocientos bolivares (Bs. 800°°), cantidades que me comprometo a depositar en la cuento que ordeno aperturar el Tribunal en el Banco Bicentenario”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana JOSEFINA MIRANDA PEREZ, quien manifestó” Estoy de acuerdo con el ofrecimiento efectuado por el padre de nuestro hijo y solicito que cumpla con responsabilidad y puntualidad con el acuerdo suscrito en el día de hoy” Es todo. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, el 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de lo manifestado por las partes, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ACUERDA HOMOLOGAR EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.


ABG. ANA RAMONA ACUÑA
JUEZA PROVISORIA



JOSEFINA MIRANDA PEREZ _____________________________________


JESUS ARNULFO UREÑA PEREZ ____________________________________



ABG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ
SECRETARIO TITULAR