REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 3 de Diciembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000913

DISCERNIMIENTO DE CURADOR AD-HOC. Con Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana NAHITY CRISTINA SARRIA LARA, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro. V-11.635.572, actuando en este acto en nombre y representación a favor de sus hijas, las niñas SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA , respectivamente, fue designada para ocupar dicho cargo la ciudadana ARELIS JOSEFINA SARRIA LARA, titular de la cedula de Identidad Nro. V-11.643.603, quien acepto el cargo y juró cumplir fielmente la designación recaída en su persona; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curadora Ad-Hoc de las referidas niñas, a la ciudadana antes identificada. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión a los Archivos Judiciales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos

La Secretaria





Hora de Emisión: 1:05 PM
Asistente que realizo la actuación: