REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 5 de Diciembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000929

Vista la solicitud de CURATELA formulada por la ciudadana SUGHEYDIS JOSEFINA MAYORA OROPEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-17.153.566, actuando en interés de su hijoSE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA debidamente asistido por el Defensor Público Quinto (5to) en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Unidad de Defensa Pública del estado Vargas, Abogado NELSON R. YNAGAS G., mediante la cual solicita del Tribunal se le designe un Curador Ad-Hoc, a favor de sus hija antes nombrada, habiéndose propuesto para ejercer dicho cargo a la ciudadana LUCY DE LA CRUZ PADRON MAYORA, titular de la cedula de Identidad N° V-11.636.784, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, quien fue designado como Curadora Ad-Hoc de las adolescentes de autos, aceptando el cargo y juró cumplirlo fielmente. En consecuencia, esta Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Transición y Ejecución del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DISCIERNE a la ciudadana LUCY DE LA CRUZ PADRON MAYORA, antes identificada el cargo de Curadora Ad- Hoc del niño SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA . En consecuencia, deje copias certificadas del presente decreto y entregue las resultas con sus originales a la solicitante. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Aimara Ramírez




Hora de Emisión: 3:22 PM