REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 3 de diciembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: WP21-J-2012-000915
Con vista la anterior solicitud incoada por la ciudadana GOMEZ CEDEÑO MARY YELITZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.073.063, actuando en interés de sus hijos SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA debidamente asistido por el Defensor Publico 5to de Proteccion del Niño, Niña y del Adolescente de esta circunscripción judicial el Abg. NELSON R. YNAGAS G.y en la cual solicitó de este Despacho se le designara CURADOR AD-HOC a sus hijos SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, en tal sentido fue designada para ocupar dicho cargo a la ciudadana YSAURA DEL CARMEN CEDEÑO PALOMO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.486.851; quién prestó el juramento de Ley y aceptó dicho cargo; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc de los prenombrados niños a la ciudadana antes identificada. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. En consecuencia, déjese copias certificadas del presente decreto, asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, remítase a los archivos Judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase.
La Jueza
Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria
Hora de Emisión: 3:19 PM
Asistente que realizo la actuación:
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