JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, diecisiete (17) de enero de 2012.
AÑOS: 201° y 152°

Vista la diligencia presentada en fecha 29/11/2011, ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción judicial del estado Táchira, por el abogado RAMON ALFONSO NAVA VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.489.317 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.896, en su condición de co-apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano MISAEL OSORIO ARCE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.678.602, mediante la cual desiste del presente procedimiento, interpuesto contra el ciudadano JOSEPH BLADIMIR RODRÍGUEZ DORADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.972.955, domiciliado en San Cristóbal, estado Táchira, este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, con respecto a la medida Provisional de Embargo Decretada en fecha 16 de noviembre de 2.011, se revoca la misma, toda vez que de las Actas se aprecia, que no fue practicada, y por cuanto no hay mas actuaciones que realizar en la presente causa, se da por terminado y se ordena el archivo del expediente, déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.



ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL



ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO


En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión a las nueve y veinte de la mañana (10:45 a.m.), quedando registrada bajo el N° 2981; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO

eccio.
Expediente N° 13.267-11