REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 4143-11
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION
DEMANDANTE: INGRID ASTRID ORTEGA BELTRAN.
DEMANDADO: JHON RICHARD CARVAJAL SANCHEZ.
En el día de hoy, veinte (20) de enero de 2012, presentes de manera voluntaria renunciando a los lapsos respectivos establecidos en la boleta de citación, en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ciudadanos INGRID ASTRID ORTEGA BELTRAN, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.569.870 y JHON RICHARD CARVAJAL SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.193.346, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano JHON RICHARD CARVAJAL SANCHEZ, quien manifestó “Estoy de acuerdo con lo solicitado por la madre de nuestros hijos, en la cantidad de seiscientos bolivares (Bs. 600°°) mensuales y en los meses de agosto para la temporada escolar la cantidad de un mil doscientos bolivares ( Bs. 1200°°) y en el mes de diciembre la cantidad de dos mil bolivares ( Bs. 2000°°), cuotas éstas adicionales a la cuota mensual, cantidades que me comprometo a depositar en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal en el Banco Bicentenario y de la cual estoy en conocimiento del numero”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana INGRID ASTRID ORTEGA BELTRAN, quien manifestó: “Me comprometo a informar al Tribunal si el padre de nuestros hijos no cumple con la obligación de manutención en el lapso de dos (2) meses.”. Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, el 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de febrero de 2012. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
JHON RICHARD CARVAJAL SANCHEZ
INGRID ASTRID ORTEGA BELTRAN
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ