REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 24 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2009-001420
ASUNTO : 2E-2131-09
Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor del penado BERNABE RAMON ZARATE OROPEZA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, nacido en Caracas, el día 06/12/1975, de estado civil soltero, profesión u oficio Ayudante de Construcción, titular de la Cedula de Identidad Nro. V.-14.141.972, residenciado en: Parroquia Caravaca, vía corralito, el Junquito, casa S/n, Edo Vargas, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.
Al penado BERNABE RAMON ZARATE OROPEZA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, nacido en Caracas, y titular de la Cedula de Identidad Nro. V.-14.141.972, se le condenó a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de ONCE (11) MESES y ONCE (11) DIAS, por lo que le falta por cumplir TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES y VEINTISIETE (27) DIAS en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 03/04/2009, hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales la penada podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplirá el 22/01/2010.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 22/08/2010.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la pena, la cual cumplirá el 22/12/2012.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 22/07/2013.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 22/04/2015.
Notifíquese a las partes y cítese al penado, remítase copia del presente cómputo. TRAMITESE ESTABLECIMIENTO ABIERTO. Cúmplase.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION
DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,
ABG. GLEDYS GUTIERREZ
ASUNTO: WP01-P-2009-001420