REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: SP01-L-2011-000898
PARTE ACTORA: WHILMER ONAIDER NIÑO LABRADOR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ABOG. JESÚS IGNACIO ANDRADE, DHORYS LEÓN ALARCÓN
PARTE DEMANDADA: COCINAS INDUSTRIALES SAN RAFAEL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ABOG. DANIEL LIUT PÉREZ, MAGLY ANDREINA PÉREZ
MOTIVO: COBRO DE ACREENCIAS LABORALES

En el día hábil de hoy, Viernes Tres (03) de Febrero de 2012, siendo las nueve de la mañana (09:00 AM), oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecen a la misma, la ciudadana CARMEN JOSEFINA MERTÍNEZ DE FLOREZ, titular de la cédula de identidad No 5.376.255, actuando con el carácter de Gerente de la empresa COCINAS INDUSTRIALES SAN RAFAEL, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 29 de abril de 2002, bajo el N° 40, Tomo 6-A, con domicilio en la Avenida Bolívar N°9-44, Cordero Estado Táchira, asistida por los Abogados en ejercicio DANIEL ELIUT PÉREZ y MAGLY ANDREINA PÉREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el No 78.592 y 104.726 en su orden. Se deja constancia de la incomparecencia de la actora, quien no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno. En virtud de la incomparecencia del Actor al presente acto, éste Juzgador considerará desistido el procedimiento y terminado el proceso, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO el Procedimiento y Terminado el Proceso, acarreando para el demandante la consecuencia prevista en el Parágrafo Primero del Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, una vez haya quedado firme el presente pronunciamiento.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
El Juez,

Abg. Jorge Armando Allen Galvis La Secretaria

Parte Demandada Apoderado Parte Demandada