REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
200° y 151°

Visto el contenido del acta anterior, contentiva del ACTO CONCILIATORIO celebrado en fecha 12 de enero de 2012 y convocado por este Tribunal en autos, mediante el cual la parte demandada ciudadanos JESUS ENRIQUE CARDENAS CORREA y GERSON ALEXIS JAIMES VERA, venezolano, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad números 16.229.819 y 14.349.448 en su orden, asistidos de la abogada ASTRID ESPERANZA DUARTE VERGARA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 142.551, por una parte y por la otra, la ciudadana ILEANA COROMOTO TREJO GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° V-5.689.455, en su condición representante de la parte demandante, asistida de la abogada CARMEN ZOLAIRA CASANOVA DE ZAPATA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 20.055, mediante la cual llegaron a un CONVENIMIENTO y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los dos días del mes de febrero del año dos mil doce. (02/02/2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.


Abg. M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL
Abg. DAYANA MARTINEZ BAUTISTA
SECRETARIA TEMPORAL


En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:00 a.m., quedando registrada bajo el N° 26 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. DAYANA MARTINEZ BAUTISTA
SECRETARIA TEMPORAL


Exp. Nº 6.411/2009
ELSA M.