REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 2619-06

ACTO CONCILIATORIO POR REVISION OBLIGACION DE MANUTENCION

DEMANDANTE: MARISELA PEREZ SILVA.

DEMANDADO: JIMMY JHONSON NOVOA LEON.

En el día de hoy, siete (08) de febrero de 2012, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ciudadanos MARISELA PEREZ SILVA, titular de la cédula de identidad Nº E- 84.398.639 y, JIMMY JHONSON NOVOA LEON, titular de la cédula de identidad Nº 13.954.637, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Se le concede el derecho de palabra al ciudadana MARISELA PEREZ SILVA, quien manifestó “hasta la presente fecha no ha incumplido, con la cuota mensual, pero la deuda solo ha aportado mensualmente cien (100Bs) de los doscientos cuarenta y uno (241 Bs.) que se había acordado, adeudando hasta la presente fecha 1990. Pide se aumenta la obligación de manutención en cincuenta (50 Bs.) mas, y sobre la deuda siga el abono en cien (100 Bs.) Es todo, así mismo las cuotas extraordinarias de agosto y diciembre se aumente la cantidad de cien (100 Bs.) mas sobre lo ya acordado. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JIMMY JHONSON NOVOA LEON, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con lo pedido por la madre de mis hijos. Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, el 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de febrero de 2012. Es todo, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

MARISELA PEREZ SILVA

JIMMY JHONSON NOVOA LEON

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABOG. KARLY MAYLE VEGA SANDOVAL.