REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
Hoy 28 de Febrero de 2012, siendo la 1:30 de la tarde, este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios san Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial, junto con el Abogado Franklin David Castro Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.547 en la sede del Banco Sotifasa, Agencia Sambil, a fin de continuar con la ejecución de la medida de Embargo. Se encuentra presente la ciudadana Anghie Arellano M., titular de la cedula de identidad N° V- 12.972.166, Sub-Gerente Temporal, quien fue notificado del objeto y misión del Tribunal. Seguidamente el ciudadano Juez, cede el derecho de palabra al Apoderado Actor quien expone: Solicito ciudadano Juez, proceda a requerir a la notificada se sirva verificar por sistema si los demandados Distribuidora Ederca, C.A., Edgar Francisco Ruiz Labrador y Dayana Roa Torres, Rif. J-30897006-9 y V- 9.232.362 y V- 10.156.438. Seguidamente el ciudadano Juez, le solicita a la notificada Anghie Arellano, proceda a verificar por sistema los datos suministrados por el abogado actor. En este estado la ciudadana Anghie Arellano informa: Distribuidora Ederca, C.A., posee la cuenta N° 01370016850000027811 y no tiene saldo disponible, el ciudadano Edgar Francisco Ruiz Labrador, posee la cuenta N° 137-0016-8-8-000117436-1 y tiene un saldo disponible de Quinientos Noventa y Dos Bolívares con un Céntimo (Bs. 592,01) y la ciudadana Dayana Ruiz Torres, posee la cuenta N° 137-0016-8-1-000118155-1, con un saldo disponible de Novecientos Cuatro Bolívares con Veintiocho Céntimos (Bs. 904,28). En este estado el apoderado actor, Abogado Franklin Castro, solicita al ciudadano Juez, proceda a embargar las cantidades de Quinientos Setenta y Siete Bolívares con Un Céntimo (Bs. 577,01) y la cantidad de Ochocientos Ochenta y Nueve Bolívares con Veintiocho Céntimos (Bs. 889,28). En este estado el ciudadano Juez, declara embargado preventivamente las sumas de quinientos Setenta y Siete Bolívares con Un Céntimo (Bs. 577,01) y la suma de Ochocientos Ochenta y Nueve Bolívares con Veintiocho Céntimos (Bs. 889,28), declarando la desposesión jurídica de los ejecutados y solicitando a la notificada se sirva emitir cheques de Gerencias por los montos embargados a nombre del Tribunal de la causa. Seguidamente la notificada manifiesta acatar la decisión y hace entrega en este acto de dos cheques de Gerencia números 00276662 y 00276661. El primero por Quinientos Setenta y Siete Bolívares con Un Céntimo (Bs. 577,01) y el segundo cheque por la suma de Ochocientos Ochenta y Nueve Bolívares con Veintiocho Céntimos (Bs. 889,28). No siendo otro el objeto del Tribunal, se da por terminado el acto, siendo las 2:30 de la tarde. Se acuerda dejar copia certificada del acta para el copiador de actas llevado por el Tribunal. Seguidamente el apoderado actor Franklin Castro, concedido que le fue el derecho de palabra expone: Me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad del ejecutado, por cuanto lo embargado no cubre el decreto de embargo y se me fije oportunidad. En este estado el Tribunal acuerda de conformidad y acuerda el traslado inmediato del Tribunal. Leída el acta, conformes firman.- Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Anghie Arellano M. Notificada. (Fdo). Abogado Franklin D. Castro Arias. Apoderado Actor. (Fdo). Oficial Jefe Víctor Angarita. Funcionario de Politáchira. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno P. Secretaria. (Fdo).