En el día de hoy jueves, dieciséis de febrero de dos mil doce, siendo las diez y treinta de la mañana se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer aproximadamente 200 metros se constituyó a las (10:45 a.m.) en el inmueble ubicado en la Calle 2 N° 11-43, específicamente en el apartamento ubicado en la planta alta, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de dar cumplimiento a la Solicitud de Inspección Ocular signada en este despacho como Comisión N° 862-2012 y que fuera acordada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 10 de Enero de 2012, que guarda relación con la Solicitud N° 1719, a petición de: Ramón Alexis Moncada Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-9.330.582 asistido por el abogado en ejercicio José Gilberto Guerrero Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-1.903.876, e inscrito en el IPSA bajo el N° 16.157, ambos presentes. Al llegar al lugar donde se constituyó el Tribunal se entrevistó con: Yeraldin Ruiz Zabala, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la tarjeta de Identidad N° 93082403815, quien manifestó que la inquilina del inmueble no se encontraba en la ciudad y luego de comunicarse telefónicamente con la misma permitió el paso del Tribunal para practicar la inspección ocular. Se le informó el derecho en que está de hacerse asistir de algún abogado de su confianza o comunicarse con cualquier persona que tenga un interés legítimo en la práctica de esta inspección y ésta pueda hacer acto de presencia por si o por medio de apoderados judiciales que defiendan sus derechos e intereses y manifestó que no se haría asistir de abogado alguno, razón por la cual se acordó continuar con el acto. Se designó como experto en construcción al ciudadano: Guerrero Pérez Eusebio Andrés, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-17.219.594, quien impuesto de sus funciones aceptó en nombramiento y prestó el juramento de Ley. Acto seguido la parte solicitante pide el derecho de palabra y concedido como fue expuso: Ruego al ciudadano Juez pase a pronunciarse sobre los particulares a que se refiere la solicitud y que rielan al folio uno y dos del escrito. El Tribunal pasa a cumplir con los ítems de la solicitud y lo hace en los términos siguientes: El Tribunal deja constancia que las condiciones y características del inmueble inspeccionado se corresponden con las descritas en el documento cedido en arrendamiento a la señora: Amaril Zabala Díaz, es decir: una escalera de acceso, tres habitaciones, la principal con baño, sala, comedor, cocina, despensa, otra sala con escalera que conducen a la tercera planta para el secado de ropa, balcón y techo de platabanda, es todo. Seguidamente el solicitante asistido de su abogado pide al ciudadano Juez que se deje constancia de la humedad que presenta la placa o techo del apartamento. El tribunal con ayuda del experto hace constar que a la altura de la tercera habitación y las áreas del lavadero y cocina hay rastros de humedad o filtración según se evidencia del moho y deterioro de la pintura en tales zonas, es todo. El Tribunal no habiendo mas diligencias que practicar concluye el acto; el Secretario da lectura a la presente acta y hace constar que no hay objeciones contra la misma y que la práctica de la presente inspección no genero gastos, ni tasas, ni aranceles, ni emolumento alguno, a favor de este Tribunal ya que las actuaciones aquí realizadas son totalmente gratuitas. Se dio por concluido el acto a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, no haciéndolo la notificada por no estar autorizada por su mamá.
El Juez,
Abog. José Agustín Pérez Villamizar
El solicitante:
Ramón Alexis Moncada Contreras
El Abogado asistente del Solicitante,
José Gilberto Guerrero Contreras.
El experto designado,
Eusebio Andrés Guerrero Pérez
La Notificada,
Yeraldín Ruiz Zabala. El Secretario,
Abog. Pablo Alirio Pastrán Contreras
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