REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO TERCERO DE MUNCIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 23 de febrero de 2012.
Años: 201° y 153°
SOLICITANTE: IRMA JOSEFINA SALCEDO DE SOJO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.096.052.
ABOGADA ASISTENTE: MAGALI BOZO, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 23.643.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITUD: No. 3322-12
Por ante el Juzgado (Distribuidor) de Municipio fue presentada la presente solicitud, la cual efectuada el sorteo correspondiente fue asignada a este Juzgado, dándosele entrada en fecha 20 de enero de 2012. Una vez consignados los recaudos, por auto de fecha 02 de febrero de 2012, se admitió, y se ordenó examinar a dos personas como testigos, las cuales rindieron su testimonial en fecha 16 de febrero de 2012.
Siendo esta la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a hacerlo, previas las consideraciones siguientes: Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, y examinadas las actas procesales, observa este Tribunal que cursa en autos los siguientes elementos probatorios:
1. Acta de Registro de Defunción, del de-cujus, EPIFANIO DEL CARMEN SALCEDO RODRIGUEZ, expedida por la Dirección General de Atención y participación ciudadana, Dirección de Registro Civil, Parroquia Maiquetìa.
2.- Acta de Nacimiento del de-cujus EPIFANIO DEL CARMEN SALCEDO RODRIGUEZ, expedida por el Registro Principal la Asunción Estado Nueva Esparta.
3.-Copia de la cédula de identidad del de-cujus EPIFANIO DEL CARMEN SALCEDO RODRIGUEZ.
4.-Acta de Matrimonio de los ciudadanos EPIFANIO DEL CARMEN SALCEDO RODRIGUEZ Y HONORINA MARGARITA QUIJADA DE SALCEDO.
5.-Acta de Registro de Defunción de la de-cujus HONORINA MARGARITA QUIJADA DE SALCEDO, emanada de la Dirección General de Atención y participación ciudadana, Dirección de Registro Civil, Parroquia La Guaira.
6.-Acta de Nacimiento de la de-cujus HONORINA MARGARITA QUIJADA DE SALCEDO, emanada de la Comisiòn de Registro Civil y Electoral, Estado Nueva Esparta, Municipio Marcano.
7.- Datos filiatorios de la de-cujus HONORINA MARGARITA QUIJADA DE SALCEDO, emanada de la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central, Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Estado Vargas.
8.-Copia de la cédula de identidad de la de-cujus HONORINA MARGARITA QUIJADA DE SALCEDO.
9.-Copia de acta de nacimiento de la ciudadana MARIA MAGDALENA SALCEDO DE RODRIGUEZ, emitida de la oficina Principal de Registro Publico del Distrito Capital, Caracas. Parroquia Maiquetía.
10.-Copia de la cédula de identidad de la ciudadana MARIA MAGDALENA SALCEDO DE RODRIGUEZ.
11.- Acta de Matrimonio de los ciudadanos EUDY JULIAN RODRIGUEZ SALAZAR y MARIA MAGDALENA SALCEDO QUIJADA.
12.-Copia certificada de acta de defunción de la de-cujus MARIA MAGDALENA SALCEDO DE RODRIGUEZ, emanada de la Comisión de Registro Civil y Electoral Unidad de Registro Civil Parroquia La Guaira. Municipio Vargas del Estado Vargas.
13.-Copia de la cédula de identidad y acta de nacimiento de la ciudadana ELIZABETH MARIA RODRIGUEZ SALCEDO.
14.-Copia de la cédula de identidad y acta de nacimiento de la ciudadana YUSMARY DEL CARMEN RODRIGUEZ DE PERDOMO.
15.-Copia de la cédula de identidad y acta de nacimiento de la ciudadana MAIRU COROMOTO RODRIGUEZ SALCEDO.
16.-Copia de la cédula de identidad y acta de nacimiento del ciudadano PEDRO JOSE SALCEDO QUIJADA.
17.-Copia de la cédula de Identidad y acta de nacimiento del ciudadano MARCOS RAMON SALCEDO QUIJADA.
18.-Copia Certificada del acta de defunción del de-cujus MARCOS RAMON SALCEDO QUIJADA, emanada de la comisión de Registro Civil y Electoral Oficina de Registro Civil Municipio Vargas del Estado Vargas, Parroquia Maiquetía.
19.-Copia de la cédula de identidad y acta de nacimiento de la ciudadana AURA DEL CARMEN SALCEDO QUIJADA.
20.-Copia de la Cédula de identidad y acta de nacimiento del ciudadano JOSE LUIS SALCEDO QUIJADA.
21.-Copia de la Cédula de identidad y acta de nacimiento del ciudadano EMILIO JOSE SALCEDO QUIJADA.
22.-Acta de defunción del de-cujus EMILIO JOSE SALCEDO QUIJADA, emanada de la Prefectura de Caracas, Casa del Poder Popular Jefatura Civil de la Parroquia San Bernardino.
23.-Copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadano EMILIO JOSE SALCEDO QUIJADA y CARMEN CECILIA AMAYA.
24.-Copia de acta de nacimiento del ciudadano JONATHAN JOSE, SALCEDO MEDINA, emanada del Registro Civil del Municipio los Taques, Estado Falcón.
25.-Copia de la Cédula de identidad del ciudadano JONATHAN JOSE SALCEDO MEDINA.
26.-Acta de Nacimiento de la ciudadana ELIANYS JOSELI SALCEDO AMAYA, emanada del Registro de la Parroquia Carirubana del Municipio Carirubana del Estado Falcón.
27.-Copia de la Cédula de identidad de la ciudadana ELIANYS JOSELI SALCEDO AMAYA.
28.-Acta de Nacimiento de la ciudadana EDIMAR HONORALYS, emanada del Registro de la Parroquia Carirubana del Municipio Carirubana del Estado Falcón.
29.-Copia de la cédula de identidad de la ciudadana EDIMAR HONORALYS.
30.- Acta de Nacimiento del ciudadano EMILIO JOSE SALCEDO AMAYA, emanada del Registro de la Parroquia Carirubana del Municipio Carirubana del Estado Falcón.
31.-Copia de la cédula de Identidad del ciudadano EMILIO JOSE SALCEDO AMAYA.
32.-Acta de nacimiento de la ciudadana IRMA JOSEFINA SALCEDO DE SOJO, emanada de la Oficina Principal de Registro Publico del Distrito Capital. Caracas.
33.-Copia de la cédula de identidad de la ciudadana IRMA JOSEFINA SALCEDO DE SOJO.
34.-Acta de nacimiento del ciudadano MARCELO ANTONIO SALCEDO QUIJADA, emanada de la Oficina Principal de Registro Publico del Distrito Capital. Caracas.
35.-Copia de la cédula de identidad del ciudadano MARCELO ANTONIO SALCEDO QUIJADA.
36.-Acta de nacimiento de la ciudadana CARMEN ROSA SALCEDO QUIJADA, emanada de la Oficina Principal de Registro Publico del Distrito Capital. Caracas.
37.- Copia de la cédula de identidad de la ciudadana CARMEN ROSA SALCEDO QUIJADA.
Del análisis de las documentales promovidas y de la declaración rendida por los testigos, hay una total y absoluta correspondencia con los hechos alegados por la solicitante, motivo por el cual este Tribunal lo aprecia con todo su valor probatorio, de conformidad con el artículo 1.392 del Código Civil. Así se decide.
Por lo expuesto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De-cujus, EPIFANIO DEL CARMEN SALCEDO RODRIGUEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-171.044, a sus hijos PEDRO JOSE SALCEDO QUIJADA, JOSE LUIS SALCEDO QUIJADA, AURA DEL CARMEN SALCEDO QUIJADA, IRMA JOSEFINA SALCEDO DE SOJO, MARCELO ANTONIO SALCEDO QUIJADA, CARMEN ROSA SALCEDO QUIJADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidades Nros V-3.891.322, V.-4.563.787, V.-4.563.814, V.-5.096.052, V.-5.572.973 y V.-6.480.027, respectivamente, y de la De cujus MARÍA MAGDALENA SALCEDO DE RODRÍGUEZ, (hija del De cujus), quien en vida era titular de la cédula de identidad No. V-3.891.323, en su lugar su conyugué EUDY JULIAN RODRIGUEZ SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.120.722, y sus descendientes ELIZABETH MARIA RODRIGUEZ SALCEDO, YUSMARY DEL CARMEN RODRIGUEZ DE PERDOMO Y MAIRU COROMOTO RODRIGUEZ SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V.-13.223.300, V.- 11.640.974, V.-11.058.712, respectivamente, y del De-cujus EMILIO JOSE SALCEDO QUIJADA (hijo del De-cujus), quien en vida era titular de la cédula de identidad No. V-4.563.781, en su lugar su conyugué CARMEN CECILIA AMAYA DE SALCEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.570.294, y sus descendientes JONATHAN JOSE SALCEDO MEDINA, ELIANYS JOSELI SALCEDO AMAYA, EDIMAR HONORALYS SALCEDO AMAYA y EMILIO JOSE SALCEDO AMAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V.-16.755.368, V.- 16.438.571, V.-16.438.611 y V.-20.796.597 respectivamente, de conformidad con el artículo 822 del Código Civil, y del de cujus MARCOS RAMÓN SALCEDO QUIJADA (hijo del De-cujus), quien en vida era titular de la cédula de identidad No. V-3.889.463, en su lugar a sus hermanos y a sus sobrinos, de conformidad con lo establecido en los artículos 825 del Código Civil.
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, TITULO para acreditar el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De-cujus, EPIFANIO DEL CARMEN SALCEDO RODRIGUEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-171.044, a sus hijos PEDRO JOSE SALCEDO QUIJADA, JOSE LUIS SALCEDO QUIJADA, AURA DEL CARMEN SALCEDO QUIJADA, IRMA JOSEFINA SALCEDO DE SOJO, MARCELO ANTONIO SALCEDO QUIJADA, CARMEN ROSA SALCEDO QUIJADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidades Nros V-3.891.322, V.-4.563.787, V.-4.563.814, V.-5.096.052, V.-5.572.973 y V.-6.480.027, respectivamente, y de la De-cujus MARÍA MAGDALENA SALCEDO DE RODRÍGUEZ, (hija del De-cujus), quien en vida era titular de la cédula de identidad No. V-3.891.323, en su lugar su conyugué EUDY JULIAN RODRIGUEZ SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.120.722, y sus descendientes ELIZABETH MARIA RODRIGUEZ SALCEDO, YUSMARY DEL CARMEN RODRIGUEZ DE PERDOMO Y MAIRU COROMOTO RODRIGUEZ SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V.-13.223.300, V.- 11.640.974, V.-11.058.712, respectivamente, y del De-cujus EMILIO JOSE SALCEDO QUIJADA (hijo del De-cujus), quien en vida era titular de la cédula de identidad No. V-4.563.781, en su lugar su conyugué CARMEN CECILIA AMAYA DE SALCEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.570.294, y sus descendientes JONATHAN JOSE SALCEDO MEDINA, ELIANYS JOSELI SALCEDO AMAYA, EDIMAR HONORALYS SALCEDO AMAYA y EMILIO JOSE SALCEDO AMAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V.-16.755.368, V.- 16.438.571, V.-16.438.611 y V.-20.796.597 respectivamente, de conformidad con el artículo 822 del Código Civil, y del De-cujus MARCOS RAMÓN SALCEDO QUIJADA (hijo del De- cujus), quien en vida era titular de la cédula de identidad No. V-3.889.463, en su lugar a sus hermanos y a sus sobrinos, de conformidad con lo establecido en los artículos 825 del Código Civil, dejando a salvo el derecho de terceros.
Devuélvanse los originales a la parte interesada y expídase las copias certificadas de las presentes actuaciones, y déjese una en el archivo de este Juzgado.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente fallo en el copiador de sentencias de este Juzgado en conformidad con los artículos 247 y 248 del Código Adjetivo Civil.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los veintitrés (23) día del mes de febrero del año dos mil doce (2.012). Años 201º de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZ,
NAHIROBY BOSCÁN P.
LA SECRETARIA
ELIA GONZALEZ
En esta misma fecha, siendo las 1:45 de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA
ELIA GONZALEZ
NCBP/EG/Jonathan
Sol. No. 3322-12
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