REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA
201º y 152º
EXPEDIENTE: SPO1-L-2011-589
DEMANDANTE: JOSÉ ORLANDO OVALLES LABRADOR, titular de la cédula de identidad Nros.:V-9.220.805.
APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDANTE: MILAGROS ANDREU, inscrita en el IPSA bajo el N° 67.059.
DEMANDADA: DIMACA, C.A.
ABOGADO DEL DEMANDANTE: GERSON NIÑO GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.247.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES.
En el día de hoy, martes 14 de Febrero de 2012, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m) oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación a la Audiencia Preliminar, previo anuncio de Ley realizado por el Alguacil de este Tribunal comparecieron el trabajador, en representación de la demandada en su carácter de Gerente General, el ciudadano: JOSE ORLANDO SANCHEZ DELGADO, titular de la cédula de identidad nro: V- 3.061.818, y los abogados de ambas partes anteriormente mencionados. Posteriormente ambas partes en uso de sus derechos hicieron exposición de sus puntos de hecho y la parte demandada ofrece a la parte actora la suma de SETENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.70.000,00) los cuales serán pagados en fecha 15-03-2012, la cantidad de Bs.50.000,00 mediante cheque de gerencia a nombre del trabajador, y la diferencia de Bs.20.000,00 se le cancelará en dos pagos de Bs.10.000,00 cada uno, en las fecha 30-04-2012 y 15-06-2012, todos éstos pagos serán efectuados ante éste Tribunal en dichos días a las 11.00am cada uno,. En este momento se instó a la parte demandante a considerar la cantidad ofertada para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le correspondía al pago de lo demandado. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; se le otorgó el derecho de palabra a la parte actora quien manifiesta que acepta la propuesta realizada por la parte demandada, señala estar conforme con dicho monto del cual no restaría nada a deber por los conceptos reclamados de ésta relación laboral demandada, por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena expedir 03 copias certificadas adicionales de la presente acta, se hace entrega de las pruebas y no se ordenará el archivo del expediente hasta que no conste en actas su último pago. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
LA JUEZ
DRA. YA LENA MORA
PARTE ACTORA.
EL DEMANDADO.
Abog. Asistente del demandado.
EL SECRETARIO.
Exp-2011-589
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