REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 11 de Julio de 2012
Año 200º y 152º


Por recibido el presente expediente procedente del Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora ciudadano PEDRO R. ALVAREZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.473, contra la sentencia interlocutoria dictada por ese Juzgado en fecha 18 de Junio del 2012, contentivo del Juicio de ACCIÓN MERODECLARATIVA, incoado por la Sociedad Mercantil JOYERÍA SAMUEL, COMPAÑÍA ANONIMA contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES RIKITOKI. COMPAÑÍA ANÓNIMA, désele entrada de conformidad con lo establecido en el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los Libros respectivos llevados por este Juzgado. En consecuencia, se fija el Décimo (10 mo) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito, conforme lo establece el artículo 517 ejusdem. Cúmplase.
LA JUEZA SUPERIOR

DRA. MARÍA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ

LA SECRETARIA ACC


ABG. DENICE PINTO

MCMO/DP/LL
ASUNTO: 2318