REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
En horas de Despacho del día de hoy, seis (06) de Julio de dos mil doce (2012), siendo las once (11:00am) horas de la mañana, oportunidad fijada por este Juzgado para la elección de Jueces Asociados, el ciudadano Alguacil Accidental anunció dicho acto a las puertas del Tribunal, presente en la Sala del Despacho, la ciudadana Jueza Dra. María Carolina Mariotto Ortiz, en su carácter de Jueza Superior Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas; se deja constancia de la comparecencia del ciudadano Cesar Musso Gómez, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.146, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en el presente juicio, y asimismo, solicitante de la constitución del Tribunal con asociados, igualmente se deja constancia de la comparecencia del ciudadano Manuel Muñoz, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.732, parte actora en la presente causa. Una vez presentes las partes en el acto, cada una presenta su respectiva terna, en la cual proponen: la parte actora a los abogados PABLO SOLORZANO ESCALANTE, JESÚS EDUARDO RODRÍGUEZ Y LEONARDO VILORIA GONZÁLEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 3.194, 76.804 Y 27.385, respectivamente, y la parte demandada, a los abogados ASUNCIÓN FRÍAS, RAMÓN ENRIQUE RONDÓN y CARLOS TORREALBA PACHECO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 51.238, 23.479 y 61.262 , respectivamente. En este estado la parte actora elige como juez asociado de la terna consignada por la demandada, al abogado RAMÓN ENRIQUE RONDÓN MUSSO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.479 y por su parte la demandada, elige como juez asociado de la terna consignada por la actora, al abogado JESÚS EDUARDO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.804. Asimismo, se deja constancia que ambas partes consignaron las respectivas cartas de aceptación de los abogados propuestos para ser elegidos como jueces asociados. De igual forma, se deja constancia que la ciudadana Juez de este Tribunal, Dra. María Carolina Mariotto Ortiz, consultó a las partes si habían convenido sobre los honorarios profesionales de los jueces asociados, los cuales luego de conversar sobre el tema, no llegaron a un acuerdo, en virtud de lo cual este Juzgado Superior, fijó en la cantidad de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs. 12.000,00), los emolumentos para cada juez asociado, que representa la media de las cantidades planteadas por las partes, los cuales deberán ser consignados por la parte demandada solicitante, en el término de los cinco (5) días de despacho siguientes a la presente fecha. Asimismo, se fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a que conste en autos, la consignación de los honorarios, a las once (11:00 a.m.), para que los jueces designados presten su respectivo juramento de ley. Es Todo, Terminó, Se leyó y Conformes firman.
LA JUEZ SUPERIOR
DRA. MARIA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ
PARTE ACTORA
Abg. MANUEL MUÑOZ ARIAS
PARTE DEMANDADA
AGUSTIN GONZÁLEZ VARGAS
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
Abg. CÉSAR MUSSO GÓMEZ
LA SECRETARIA ACC.
Abg. DENICE PINTO