REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control Sección .Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 12 de Julio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2012-000246
ASUNTO INTERNO : 1CA-1777-12
RESOLUCIÓN
(CESE DE EFECTOS ARTÍCULO 558 LOPNNA)

Corresponde a este Tribunal fundamentar con respecto al cese de la medida de DETENCIÓN PARA IDENTIFICACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 558 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes acordada al adolescente imputado identidad omitida, acordada en fecha: 12/07/12.
I
DE LOS HECHOS

Este Tribunal acordó en la audiencia de flagrancia entre otras cosas lo siguiente: … TERCERO: Se decreta la Detención para Identificación por un lapso de 96 horas del adolescente imputado identidad omitida, al no constar en las actas procesales ningún documento que lo identifique, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica de Identificación, tal detención se decreta conforme a lo previsto en el artículo 558 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, y una vez identificado o vencido el lapso de tiempo establecido para ello, deberá presentarse cada ocho (08) días por ante este Tribunal Especializado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 582 letra “c” ibídem(sic) … . Resalta el Tribunal.


CAPITULO II
DE LAS ACTAS PROCESALES

Corre inserta diligencia presentada por el Abog. JAVIER RAFAEL LANZ LANZA, defensor primero de adolescentes del Estado Vargas, en la que expone:
… a los fines de consignar anexo al presente COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO, de fecha 12/07/2012, suscrita por la ciudadana Abog. MARIA FERNANDA GUEDEZ CAMACHO, en su condición de coordinadora del Registro Civil de la Parroquia Caraballeda del Municipio Vargas del Estado Vargas, en la cual se evidencia la identificación civil, de mi representado el adolescente identidad omitida … . Cursivas y Negritas añadido.

Así mismo, riela en las actas procesales ACTA DE NACIMIENTO, en copia certificada, de fecha: 12/07/12, suscrita por la Abg. MARÍA FERNANDA GUEDEZ CAMACHO, Coordinadora de Registro Civil Parroquia Caraballeda del Municipio Vargas del Estado Vargas, emitida por el Concejo Municipal del Municipio Vargas, Jefatura Civil de la Parroquia, en la que se expone:

… tres de septiembre de mil novecientos noventa y nueve … por José Pantaleón Rivero … cuya presentación hace, nació el día siete de enero de mil novecientos noventa y ocho a las dos y treinta antes meridiem, en el centro materno infantil de macuto y tiene por nombre José Alejandro(sic) … . Cursivas y Negritas añadido

CAPITULO III
MOTIVACIONES PARA DECIDIR

Ahora bien, este Tribunal Primero de Primera Instancia Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a los fines de fundamentar la medida de coerción personal impuesta al imputado de autos identidad omitida, efectúa una revisión pormenorizada de las actas procesales observa que efectivamente el imputado de autos ha presentado un documento legitimo de identidad como es la partida de nacimiento, por lo tanto se decreta el cese de la DETENCIÓN PARA IDENTIFICACIÓN, prevista en el artículo 558 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

CAPITULO IV
DISPOSITIVA

Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este tribunal Primero de Primera Instancia Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Decreta el CESE de la medida de DETENCIÓN PARA IDENTIFICACIÓN, impuesta al adolescente imputado identidad omitida, prevista en el artículo 558 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual fue impuesta en audiencia de flagrancia de fecha: 12/07/12, imponiéndosele en consecuencia la medida cautelar sustitutiva prevista en el artículo 582 letra “c” de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, referida a la presentación cada ocho (08) días por ante el Tribunal.



SEGUNDO: Notifíquese a las partes de la presente decisión, Cúmplase.-

Regístrese, publíquese, y déjese copia autorizada. Dada, firmada y sellada, en la ciudad de Caracas, a los Doce (12) días del mes de Julio del año Dos Mil Doce (2012). Años 201 de la Independencia y 153 de la Federación.



EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. JOSE ANTONIO MATOS PERERO


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA

ABG. JUDITH NIETO


ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2012-000246
ASUNTO INTERNO : 1CA-1777-12