REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
202° y 153°
Vista la diligencia de fecha 16/07/2012, en la cual la parte demandada ciudadano BETTY MAGALI TOLOZA BOADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.754.694, asistida del abogado JACKSON WLADIMIR ACEVEDO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 136.864, manifiesta su voluntad de CONVENIR en el presente juicio; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil doce. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
Abg. M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ
Abg. MARIA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA TITULAR
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:10 a.m., quedando registrada bajo el N° 258 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. MARIA ESPERANZA VILAMIZAR DEL GALVIS
SECRETARIA TITULAR
Exp. Nº 6658/2012
Esperanza.
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