JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, seis de julio de dos mil doce.
202º y 153º
Por cuanto en la presente solicitud, ya se le escuchó declaración Jurada a los Testigos presentados por el ciudadano GERARDO ANTONIO LÓPEZ SANDOVAL, y en su escrito de fecha 13/06/2012, en el cual exponen que su madre DIOCELINA SANDOVAL DE LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.548.603, fallecida el día 11 de abril de 2012, tal y como se evidencia del Acta de Defunción N° 331, levantada en fecha 26 de abril de 2012, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, la cual esta anexa al presente escrito, igualmente consignan: 1) Partida de Nacimiento No. 121 – Año 1.963; No. 365 del año 1.964; No. 312 del Año 1.965; 87 del Año 1.967; No. 950 de año 1.968; No. 3164 del año de 1.972; No. 4961 de año 1.973; No. 1292 del año 1.975; No. 219 del Año 1.977. 2) Copias Fotostáticas de las Cédulas de identidad. Donde se evidencia que los ciudadanos JOSÉ PABLO LÓPEZ SANDOVAL, GERARDO ANTONIO LÓPEZ SANDOVAL, ALBA NATHALY LÓPEZ DE CARRILLO, TERESA DE JESÚS LÓPEZ SANDOVAL, MARÍA CONCEPCIÓN LÓPEZ SANDOVAL, CARLOS ANDRES LÓPEZ SANDOVAL, RAMÓN DARIO LÓPEZ SANDOVAL, ELIO JAVIER LÓPEZ SANDOVAL, BEXY ELIZABETH LÓPEZ SANDOVAL, son los únicos y universales herederos de la fallecida DIOCELINA SANDOVAL DE LÓPEZ. Es por lo que este Tribunal ADMITE la presente solicitud y en consecuencia este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a JOSÉ PABLO LÓPEZ SANDOVAL, GERARDO ANTONIO LÓPEZ SANDOVAL, ALBA NATHALY LÓPEZ DE CARRILLO, TERESA DE JESÚS LÓPEZ SANDOVAL, MARÍA CONCEPCIÓN LÓPEZ SANDOVAL, CARLOS ANDRES LÓPEZ SANDOVAL, RAMÓN DARIO LÓPEZ SANDOVAL, ELIO JAVIER LÓPEZ SANDOVAL, BEXY ELIZABETH LÓPEZ SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.223.706, V-9.223.707, V-9.231.471, V-9.242.089, V-9.247.590, V-12.632.408, V-12.228.156, V-12.632.410, V-13.147.921, en su condición de hijos de la fallecida DIOCELINA SANDOVAL DE LÓPEZ, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a la parte interesada, a los fines legales.
El Juez Temporal,
Abg. Juan José Molina Camacho
El Secretario Accidental,
Abg. Julio Cesar Nieto Patiño
Exp.- 7398 .- en la misma fecha se deja copia para el archivo bajo el No. 406
Emily.-
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