REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA
JUZGADO del MUNICIPIO AYACUCHO
de la CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL del ESTADO TACHIRA
en FUNCION de PROTECCION del NIÑO, NIÑA y ADOLESCENTE, en
Años 202º INDEPENDENCIA y 153º FEDERACION
SAN JUAN de COLON, DOS de JULIO de DOS MIL DOCE
Expediente Nº P-17-00 del 26-02-12
Motivo: EXTINCION de Obligación de Manutención
Parte Solicitante: LUZ STELLA PARDO RUEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula No.V- 26726994, domiciliada en Urbanización Luis Abad Buitrago, calle 13, Casa No. 11 de esta ciudad y Municipio, en su condición de Madre de GINA PAOLA e ISAAC ENRIQUE SACHICA PARDO, de 16 Y 14 años de edad;
Parte Obligado: EDILIO SACHICA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula N° V-26753876, con domicilio en la Urbanización Los Chinatos, de esta ciudad, en su condición de Padre;
Y Por cuanto al folio 191, consta planteamiento de la parte actora, informando del fallecimiento del Obligado, solicitando el cierre del expediente, acompañando copia certificada del acta No. 239 Defunción y copias cedulas de hijos;
Y por cuanto el artículo 383 de la LOPNNA, dispone que la Obligación de Manutención se extingue por la muerte del Obligado, lo cual consta en autos, se dicta la presente
SENTENCIA
El Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en este Acto en función de Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente, en uso de la Potestad de Administrar Justicia que constitucionalmente emana de la Ciudadanía, impartiéndola EN NOMBRE de la REPUBLICA BOLIVARIANA por AUTORIDAD de la LEY, decide:
PRIMERO:
Declarar Con Lugar la solicitud de EXTINCION de la Obligación de Manutención, planteada por LUZ STELLA PARDO RUEDA, titular de la cédula No.V- 26726994 y de este domicilio, en su condición de Madre de GINA PAOLA e ISAAC ENRIQUE SACHICA PARDO, de 16 Y 14 años de edad;
Notifiquese con Boleta a la Solicitante, publíquese física y cibernéticamente, Agréguese Y archívese el expediente, en Colón, hoy DOS de JULIO de 2012, a las 11:59 de la mañana; CUMPLASE,
JUEZ PROVISORIO
Abog. CARLOS LORENZO ARREAZA B.
LA SECRETARIA
Abog. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.
cab. Exp. P-17-00
Carr. 8 c. call 3 esq. N° 3-3, Tel y Fax 0277-2913487, HORARIO 8:30 a.m a 3:30 P.M.
1810-2012, año 2 del Bicentenario de Independencia, del Constitucionalismo y de la República
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