REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 17 de julio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2010-000358
ASUNTO : WP01-D-2010-000358

AUTO FUNDADO REVISION DE SANCION
Este Tribunal de Ejecución en la mañana del día de hoy 17/07/2012 se efectuó Audiencia Privada de REVISION DE SANCIONES EN LIBERTAD en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, la cual se efectúa de oficio y escuchada de vida voz de la Delegada del Centro Socio Educativo informando sobre el cumplimiento de las medidas impuestas, siendo tiempo suficiente para realizar Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en lo adelante LOPNNA y en la que se declaró Modificar el régimen de presentaciones dentro de las Reglas de Conducta, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 173 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.

PRIMERO: De la revisión efectuada a la causa, se observa al folio 99 Sentencia Definitivamente Firme de fecha 07/07/2011 dictada por el Tribunal Segundo de Control de esta misma Sección Penal de Adolescente, donde se declaró responsable penalmente al adolescente IDENTIDAD OMITIDA por el delito de ROBO GENERICO y lo condenó a cumplir Libertad Asistida y Reglas de Conducta por Un (1) Año y Seis (6) meses, entre las obligaciones a presentaciones cada 15 días, en fecha 03/08/2011 se dictó Auto de Ejecución y se impuso el 04/10/2011, se elaboró un Plan de Ejecución Personalizado de Formación Integral a corto y mediano plazo y se observaron del expediente constancia de trabajo.

SEGUNDO: En la Audiencia su Defensora alegó que su representado ha cumplido con sus medidas y pide que se le alargara sus presentaciones, por su parte la Delegada del Centro de Orientación refirió que el joven ha cumplido cabalmente con sus presentaciones siempre se hace acompañar con su representante legal y ha atendido todas sus orientación, y la Fiscalía por su parte no se opuso a la revisión lo exhortó a seguir cumpliendo.

Siendo todo esto así, esta Decisora escuchado a todos los intervinientes y revisado el Informe evolutivo consignado el día de hoy se observa, que está laborando consignando constancia al efecto, iniciará estudios en la Tomás Edison, hoy en día luce reflexivo con ideas reparatorias, lleva una vida san, labora en una empresa aduanal y se expresa con un tono de voz adecuado, por lo que la información suministrada por la Delegada es favorable al adolescente sancionado en especial que ha dado un cumplimiento a sus presentaciones y trabajando y siempre se hace acompañar de su madre quien ha estado muy pendiente de todo el proceso, y oída las exposiciones de las partes sin objeciones, considera DECLARAR CON LUGAR la REVISION DE SANCION y en consecuencia MODIFICA una de las Reglas de Conducta sobre Presentaciones extendiéndole a cada Treinta (30) días y deberá continuar con las demás obligaciones en especial consignar constancia de estudios hasta culminar el tiempo dispuesto de 1 año y 6 meses el 04/04/2013. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCION, al joven IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia MODIFICA el régimen de Presentaciones dentro de las Reglas de Conducta extendiéndosele a cada treinta (30) días, debiendo además continuar con las demás obligaciones hasta culminar el tiempo dispuesto de 1 año y 6 meses el 04/04/2013, todo conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA

Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos los intervinientes quedaron notificadas de esta decisión en Audiencia.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. ANNEILY RAMOS PEREZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. ANNEILY RAMOS PEREZ