REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, once (11) de Julio del año dos mil doce (2012)
201° y 153°
ASUNTO No. WP11-O-2012-000006
MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN:
A CUALQUIER JUEZ COMPETENTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS DONDE SE ENCUENTREN BIENES DE LA EMPRESA: “INSERVEN, C.A.”
Que en el juicio seguido ante este Tribunal por el ciudadano: HERNAN HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad nº 11.638.329, contra la Empresa “INSERVEN, C.A.”, por ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, ha sido dictada Sentencia en fecha veintiuno (21) de Mayo del año dos mil doce (2012), la cual quedó definitivamente firme y como quiera que dicho cumplimiento no se ha hecho efectivo de forma voluntaria, se decreta la Ejecución Forzosa del fallo supra mencionado, en el entendido que deberá cumplir con la orden dictada por la Providencia Administrativa nº 018-2011, de fecha quince (15) de febrero de dos mil once (2011), dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, es decir, operar el Reenganche inmediato del ciudadano HERNAN HERNANDEZ, en las mismas condiciones que poseía para el momento en que se efectuó el ilegal despido, así como la cancelación de los salarios caídos producidos desde la fecha en que ocurrió el despido, a saber veintiséis (26) de noviembre de dos mil diez (2010) hasta la fecha efectiva de la reincorporación a su puesto de trabajo. En tal sentido, a los fines que practique la misma, se suministra la siguiente dirección aportada por el accionante: “Av. Libertador, Edif. Exa, PH 14 y 23, Caracas”.
Que en tal virtud, el ciudadano Juez a quien el agraviado ejecutante presente Mandamiento, se sirva darle cabal cumplimiento.
Que una vez cumplido el anterior Mandamiento se servirá remitir original con sus resultas a este Tribunal; asimismo, se le remite copia certificada de la sentencia de fecha veintiuno (21) de Mayo de dos mil doce (2012) dictada por este Tribunal, así como de la Providencia administrativa nº 018-2011, de fecha quince (15) de febrero de dos mil once (2011) dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas.
Que se designa a la Profesional del Derecho ENA BIRD IPSA Nº 164.344, en su carácter de apoderada judicial de la parte agraviada, como correo especial a los fines de trasladar el presente mandamiento al Juzgado correspondiente.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de este Despacho.
LA JUEZ
Dra. NELLY MORENO
EL SECRETARIO
Abg. WILLIAM SUÁREZ
NM/WS.-
WP11-O-2012-000006
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