REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA
202º y 153º

ASUNTO Nº SP01-S-2012-000034


PARTE OFERIDA: JOSÉ ALIRIO DUARTE, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.585.913.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: AMÍLCAR QUINTERO ROMERO, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 59.970.

PARTE OFERENTE: EXPRESOS MÉRIDA C. A.


APODERADO DE LA PARTE OFERENTE: JORGE WILFREDO CHACÓN MANTILLA, inscrito bajo el IPSA N°: 52.845.

MOTIVO: OFERTA DE PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


En el día hábil de hoy, Jueves 26 de Julio de 2012, se hizo presente en la sede del Tribunal la parte oferente y la parte oferida, quienes manifestaron que solicitaron en el día de ayer al Tribunal la apertura de la Audiencia Preliminar, y así se acordó para el día de hoy a las 10:05am, a los fines de aplicar los principios de la Constitución y de la LOPT. Acto seguido este Tribunal, en vista a la exposición realizada por ambas partes, en observancia a los principios de oralidad, brevedad, concentración, mediación y conciliación, que conforman el proceso laboral apertura la misma , dándose inicio a la Audiencia se le concede el derecho de palabra a el OFERENTE quien ofrece la suma de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs.150.000,00) del cual se entregará en fecha de hoy LA CANTIDAD DE Bs.30.000,00 mediante cheque del Banco Provincial, bajo el N°: 00012364 a nombre del trabajador JOSÉ ALIRIO DUARTE, y la diferencia se realizará en 05 pagos, que serán cancelados ante éste Tribunal de la siguiente manera: Cuatro pagos mensuales por la cantidad de Bs.25.000,00 que se efectuarán en las fechas: 13-08-2012, 26-09-2012, 26-10-2012 26-11-2012 y el Quinto y último pago que se efectuará por Bs.20.000,00 en facha 18-12-2012; dicho monto total comprende los conceptos de antigüedad, intereses sobre antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades y otros conceptos; y el trabajador declara que acepta los términos de la Oferta y que con la diferencia existente a su favor del monto Ofertado queda cubierta cualquier posible diferencia o eventual monto a considerar a mi favor, así la parte oferida es quien expresa que acepta la propuesta y declara que no tiene nada más que reclamar por los conceptos antes mencionados en dicha relación laboral. Acto seguido el Tribunal visto el acuerdo realizado lo HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena expedir 04 copias certificadas y se ordena realizar el correspondiente archivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ.

Dra. YALENA MORA.

Parte Oferida



Abog. Asistente de la Parte Oferida,


La Parte Oferente,


La Secretaria,




Exp.SPO1-S-2012-034.