REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
Maiquetia, diecisiete de julio de dos mil doce
202º y 153 º

ASUNTO: WP21-J-2012-000398


Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en el día de hoy, oportunidad fijada por el Tribunal a los fines de tener lugar el inicio de la Audiencia Unica de Jurisdicción Voluntaria en la presente solicitud de Curatela, se dejó expresa constancia de la no comparecencia, ni por si ni por medio de apoderado, de la parte solicitante, ciudadana CARMEN LUISA MOYA YANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.256.558, así como la persona que debía prestar juramento como Curador Ad-Hoc del adolescente de autos. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Transición y Ejecución, considera Desistido el procedimiento declara EXTINGUIDO la Instancia de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA,

Dra. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS.



LA SECRETARIA,

Abg. YIRA CEBALLOS VERA













Hora de Emisión: 1:49 PM
Asistente que realizo la actuación: