REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
Maiquetia, dieciocho de julio de dos mil doce
202º y 153 º

ASUNTO: WP21-H-2012-000244


Visto el presente convenimiento de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN celebrado por ante la Red de Defensoría Municipal de Niños, Niñas y adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: GULLIVER RAMON DOS SANTOS JIMENES y YOANA JOSEFINA PIÑERO MONZON, venezolano, mayor de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº 10.362.163 y 14.768.986 a favor del niño: SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-

La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Yira ceballos Vera