REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Primero de  Primera Instancia de Mediación, Sustanciación
 
y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas 
 
Maiquetía,  19   de julio de 2012. 
 
Años 201º y 153º.-
 
 
ASUNTO: WP21-H-2012-000260
 
 
 
                 Visto el presente convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar celebrado por ante la Red de Defensoría del estado Vargas entre los ciudadanos: MERBIS ZUZAN GUACHE y WLADIMIR YLICS INFANTE GALINDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-13.224.557 y 13.225.679 respectivamente, a favor de: SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 511 en concordancia con el artículo 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
 
 
 La Juez
 
 
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
 
La Secretaria
 
 
Abg. Yira Ceballos Vera
 
 
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