REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación
y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
Maiquetía, 20 de julio de 2012.
Años 201º y 153º.-
ASUNTO: WP21-V-2012-000052
Visto el acuerdo parcial relativo a las Instituciones familiares de PATRIA POTESTAD, RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, y REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR suscrito durante la celebración del Acto de Reconciliación, por los ciudadanos: MIGUEL ANGEL UGUETO ARISTIGUETA y HAIDDY LOVELYZ ROMERO KIENZLER, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-9.855.616 y 13.572.320 respectivamente, a favor de sus hijos: SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA en los siguientes términos: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza seguirán siendo ejercidas por ambos progenitores, conforme a lo previsto en los artículos 347, 349, 358 y 359 de la Ley Especial. Siendo que el padre plantea en la demanda de Divorcio que se considera más capaz para el ejercicio de la CUSTODIA de los niños solicita se aperture la incidencia de esta institución familiar, continuando ellos por ahora domiciliados con su progenitora ciudadana HAIDDY LOVELYZ ROMERO KIENZLER, estableciendo el domicilio en Sector El Silencio Calle El Pardillo Casa Nro. 14-16 teléfono 0412-2078241 Carayaca del Estado Vargas. SEGUNDO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: El padre realizará un aporte mensual de MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 1.000, 00) pagaderos en dos cuotas quincenales de Bs. 500,00 cada una y que debe depositar en el Banco Mercantil Cuenta de Ahorros Nro. 0105 0083 480083557598 Igualmente el padre realizará un aporte adicional en los meses de julio-agosto y diciembre por un monto no menor a DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) destinado a sufragar el 50% de los gastos de inscripción escolar y dotación de útiles y uniformes y en navidad para los gastos para los gatos de estrenos y regalos de niño Jesús. Para estos gastos ambos establecerán de mutuo cuerdo cual será la forma de cancelación pudiendo inclusive distribuirse las compras que podrán ser realizadas con cada progenitor y los niños. TERCERO: Todos los gastos extras relativos a la atención médica y medicamentos que los niños pudieran necesitar, así como la dotación de ropa y calzado a lo largo del año, serán sufragados proporcionalmente por ambos padres, debiendo siempre ponerse de acuerdo a fin de evitar malos entendidos que perturben la comunicación necesaria en interés de sus dos hijos. CUARTO: Régimen de Convivencia: El padre disfrutará con los niños SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA los fines de semana alternos, cada quince días, desde el día viernes en horas de la tarde que los retirará en la escuela, debiendo retornarlos los días lunes en el horario establecido en la escuela. En cuanto a las vacaciones de Carnaval y semana Santa, vacaciones escolares y navidad y año nuevo, ambos padres acuerdan disfrutarlo con los niños de manera alterna, iniciando el año 2013 el padre con el carnaval y la mamá con semana santa; el periodo de vacación escolar se dividirá en cuatro (4) períodos de quince días cada uno, debiendo ponerse de acuerdo en la elaboración de los planes a realizar con los niños, a fin de garantizarles el derecho al esparcimiento y recreación. Igualmente acuerdan dos periodos para el mes de diciembre comprendidos entre los días 20 al 27 de diciembre y del 28 de diciembre al 05 de enero de cada año, pudiendo ponerse de acuerdo para prolongar dichos lapsos o reducirlos conforme a los planes establecidos por cada uno. QUINTO: Ambos solicitan a la ciudadana Juez proceda a Homologar el presente acuerdo Parcial y proceda a aperturar el cuaderno de Custodia, pues en esta institución no se ha logrado acuerdo alguno, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 477 ejusdem, HOMOLOGA el Acuerdo Parcial antes señalado, en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto y ordena aperturar Cuaderno de Incedencia de Custodia, a los fines consiguientes. Expídanse las copias certificadas del presente auto que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
LA JUEZA,
DRA. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS.
LA SECRETARIA,
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