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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Primero  de Mediación  y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
 Maiquetia, tres de julio de dos mil doce
 202º y 153 º
 
 ASUNTO: WP21-J-2012-000310
 
 
 Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por  cuanto se observa que en el día de hoy, oportunidad fijada por el Tribunal a los fines de tener lugar el inicio de la fase de Jurisdicción Voluntaria de la audiencia preliminar de la presente solicitud de  Curatela,  se deja expresa constancia de la no comparecencia de la parte solicitante, ciudadana ZORARQUI ANDREINA CASTELLANO VARGAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V-16.724.413, así como la persona que debía presentar. Se deja constar la presencia del  Defensor Publico Cuarto, Abg. PEDRO BASTARDO. En consecuencia,  este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Transición y Ejecución,  declara EXTINGUIDO el presente procedimiento de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Ciérrese  el presente caso. Archívese el expediente, así como su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.-
 
 LA JUEZA,
 
 Dra. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS.
 LA SECRETARIA,
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 Hora de Emisión: 2:57 PM
 Asistente que realizo la actuación: MVV
 
 
 
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