REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
Maiquetia, tres de julio de dos mil doce
202º y 153 º

ASUNTO: WP21-J-2012-000310


Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en el día de hoy, oportunidad fijada por el Tribunal a los fines de tener lugar el inicio de la fase de Jurisdicción Voluntaria de la audiencia preliminar de la presente solicitud de Curatela, se deja expresa constancia de la no comparecencia de la parte solicitante, ciudadana ZORARQUI ANDREINA CASTELLANO VARGAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V-16.724.413, así como la persona que debía presentar. Se deja constar la presencia del Defensor Publico Cuarto, Abg. PEDRO BASTARDO. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Transición y Ejecución, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Ciérrese el presente caso. Archívese el expediente, así como su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.-

LA JUEZA,

Dra. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS.
LA SECRETARIA,











Hora de Emisión: 2:57 PM
Asistente que realizo la actuación: MVV