REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
Maiquetia, dos de julio de dos mil doce
202º y 153 º
ASUNTO: WP21-J-2012-000171
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que el día veintiocho (28) de Junio de 2012, oportunidad fijada por el Tribunal a los fines de tener lugar la única Audiencia de Jurisdicción Voluntaria del asunto de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A, se dejó constancia que no comparecieron los ciudadanos ARCELISSABEL SILVA ANGULO y DIMAS EDUARDO PAREDES BERMUEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-7.998.018 y V-6.889.196 respectivamente. En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Transición y Ejecución, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Ciérrese el presente caso. Archívese el expediente, así como su remisión a los archivos Judiciales. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez
Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria
Hora de Emisión: 1:25 PM
Asistente que realizo la actuación:
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