REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
Maiquetia, seis de julio de dos mil doce
202º y 153 º
ASUNTO: WP21-H-2012-000204
Visto el presente convenimiento de Obligación de Manutención celebrado por ante la DEFENSORIA MUNICIPAL OFICINA Nº 02- LA GUAIRA DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO VARGAS DEL ESTADO VARGAS entre los ciudadanos: ELIEZER JESUS TORRES VELASQUEZ y ELIANETH COROMOTO AYBAR MERENTES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-18.931.433 y V-18.756.836, respectivamente, a favor de su hijo: SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 511 en concordancia con el artículo 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
El Juez
Abg. María Eugenia Bedoya González
El Secretario
Hora de Emisión: 12:20 PM
Asistente que realizo la actuación: mb
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