REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 27 de Junio de 2012
Año 201º y 152º

Por recibido el presente expediente, proveniente del Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora ciudadano IDELFONSO IFILL PINO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.840 en contra de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 13 de Junio de 2012, en el Juicio de COBRO DE BOLÍVARES, presentado por el ciudadano ASDRUBAL JOSÉ RODRIGUEZ CARABALLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-11.641.257 contra los ciudadanos LUISA ELENA GONZALEZ DE UGUETO Y MODESTO ARCADIO UGUETO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.031.679 y V-4.556.772 respectivamente, mediante la cual declara: PRIMERO: SE REPONE LA CAUSA al estado en que el Alguacil de este Juzgado proceda a practicar las citaciones de los demandados en el presente juicio…SEGUNDO: Se declara la Nulidad de todas las actuaciones realizadas en la presente causa a partir del día 14 de Febrero de 2012 inclusive, fecha en que el Alguacil del Tribunal practicó las citaciones de la parte demandada, désele entrada de conformidad con el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los libros respectivos llevados por este Juzgado. En consecuencia, se fija el DÉCIMO (10mo) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito, a una cualesquiera de las horas de Despacho establecidas en la taquilla del Tribunal, conforme lo establece el artículo 517 ejusdem. Provéase lo conducente.-
LA JUEZA



DRA. MARÍA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ

LA SECRETARIA



ABG. MARYSABEL BOCARANDA



MCMO/MB/LL
ASUNTO N° 2313
Cobro de Bolívares