REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
EXPEDIENTE N° 3662-10
ACTO CONCILIATORIO POR REVISION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION
DEMANDANTE: ALBA MARIA CARDENAS FONSECA.
DEMANDADO: JUSTO PANTALEON CHONA.

En el día de hoy, once (11) de JUNIO de 2012, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos: ALBA MARIA CARDENAS FONSECA, titular de la cédula de identidad Nº 14.984.435 y JUSTO PANTALEON CHONA, titular de la cédula de identidad Nº 4.829.511, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO DE OBLIGACION DE MANUTENCION. Se da inicio al acto por el Juez Provisorio. Se abre el acto y se le concede el derecho de palabra al ciudadano: JUSTO PANTALEON CHONA, el cual manifestó: “Ofrezco la cantidad de doscientos bolivares (Bs.200,00) mensuales para aumentar la obligación de manutención a la cantidad de quinientos bolivares (Bs.500,00) mensuales y en cuanto a las cuotas de agosto y diciembre la cantidad de trescientos bolivares (Bs.300,00) mensuales, para aumentar a la cantidad de un mil bolivares (Bs.1.000,00) mensuales; cantidades que me comprometo a depositar directamente a la cuenta del banco bicentenario por cuanto los descuentos efectuados por la gobernación del estado se están haciendo tardíos, por lo que solicito se libre comunicación a los fines del cese de los descuentos nominales. Me comprometo a depositar a partir del mes de julio del 2012”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: ALBA MARIA CARDENAS FONSECA, quien manifestó: “Estoy de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestras hijos y que cumpla con puntualidad y responsabilidad con el acuerdo suscrito el día de hoy. Es todo. En este estado el tribunal le hace saber a las partes que los gastos médicos y de medicinas deberán ser compartidos en igualdad de condiciones, es decir el 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

ALBA MARIA CARDENAS FONSECA

JUSTO PANTALEON CHONA

EL SECRETARIO TITULAR


ABG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ