REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

Abejales, Municipio Libertador, Estado Táchira, Lunes 04 de Junio de 2012, siendo las 11:30 de la mañana se trasladó y constituyó éste Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de ésta Circunscripción Judicial, junto con el abogado: Jorge Luis Marin, inscrito en el inpreabogado bajo el número N.- 143.533, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Droguería y Productos Farmacéuticos S.A. (Drogasa), en un inmueble ubicado en la calle 5 entre carreras 1 y 2, casa N° 34, donde funciona la Farmacia Fara Komodo; a fin de llevar a cabo medida preventiva de embargo decretada por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de esta Circunscripción Judicial, demanda incoada por la S.M. Drogueria y Productos Farmaceuticos S.A. (Drogasa), contra la ciudadana: Ruth Narvaez Díaz, expediente N° 7731, Cobro de Bolívares Intimación, el Tribunal de hizo acompañar de los auxiliares , Alejandra Martínez Mora, titular de la cedula de identidad N° V-20.121.789, designada como perito y de la depositaria Judicial La Seguridad, representada en este acto por el ciudadano Carlo Arturo Sánchez, titular de la cedula de identidad N° 1.533.677, quienes estando presente aceptaron los cargos y prestaron el juramento de Ley . Así mismo acompaño al Tribunal, el oficial Cáceres Jeison, placa 4449, funcionario de Politáchira. Se encuentra presente el ciudadano Adelmiro Molina Pérez, titular de la cedula de identidad N°V-3.311.486; quien manifestó ser el conyugue de la demandada Ruth Narvaez, siendo notificado del objeto y misión del Tribunal y quien permitió el acceso del Tribunal al Inmueble. Ahora bien por cuanto el derecho a la defensa, se encuentra garantizado en cualquier estado del proceso, se le concede al notificado un lapso de 30 minutos para que ubique a la demandad o a un abogado que defienda sus derechos e intereses de conformidad con lo establecido en el articulo 49, ordinal 1° de la constitución nacional desarrollado jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional N° 10 de fecha 02/02/2000, en concordancia con el articulo 8 de la Convención Universal De Los Derechos Humanos, todo por aplicación del articulo 23 de la Carta Magna, suspendiendo el acto por dicho lapso. Siendo las 12:22 del medio día se hizo presente la abogado Fanny Zambrano, titular de la cedula de identidad N° 10.107.773, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.498, quien asistirá en este ato al ciudadano Adelmiro Molina Pérez, y quien reseguida solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expone: a fin de que no se ejecute la medida de embargo , decretado por el Tribunal, y como tercero interesado en la presente causa por ser el concubino de la demanda, ofrezco pagar en este acto, la obligación demandada por ser cierta y seria; para lo cual emito cheque N° 48200535 de la cuenta N° 01750036860000018314, contra el Banco Bicentenario por la cantidad de Veinty seis mil Quinientos Bolívares con Treinta Céntimos (Bs. 26523,30) dando así cumplimiento a la obligación demandada por la Sociedad Mercantil Droguería y Productos Farmacéuticos S.A. es todo, seguidamente el abogado actor Jorge Luis Marin, en nombre de su representada Droguería y Productos Farmacéuticos S.A, acepta el ofrecimiento de pago realizada en este acto por el ciudadano: Adelmiro Molina Pérez y recibimos conforme el cheque descrito en acta; así mismo manifestamos que una vez hecho efectivo el cobro, solicitamos la remisión de la presente comisión al Tribunal Comitente. Solicito al ciudadano Juez suspenda la presente ejecución, revoca el nombramiento del perito y depositario judicial, acuerda dejar copia certificada de la diligencia, del auto y de la presente acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal; así como mantener la comisión en el archivo. No siendo otro el objeto del Tribunal, se da por terminado el acto siendo las 2:30 de la tarde, regresando a la sede natural del Tribunal, ubicada en San Cristóbal, Leída el acta a todos los presentes conformes firman. Enmendada” Libertador, concede 02/02/2000, valen, Dr.Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Adelmiro Molina Pérez, Notificado (fdo) Abogado Jorge Luis Marin, Apoderado actor (fdo) abogado Fanny Castro Zambrano, Abogado Asistente (fdo), Alejandra Martínez Mora, Perito (fdo) Carlos Arturo Sánchez depositario Judicial, Oficial Jeison Cáceres, Funcionario de Politáchira (fdo) Abg. Carmen Moreno Secretaria (fdo)